Santiago.-El Ayuntamiento del Municipio de Santiago, a través de la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano, (OMPU), hizo una importante aclaración a la opinión pública nacional sobre sus atribuciones y competencias en las aprobaciones de usos de suelos, consignado legalmente en proyectos de edificaciones a ser realizados en el Municipio de Santiago.
Al tiempo de lamentar el suceso ocurrido en la ciudad de Santiago, producto de un deslizamiento de tierra debido a las excavaciones de una obra en construcción y donde fallecieron cinco personas, la OMPU, dio a conocer que en fecha 23 de octubre del año 2018, emitió la CERTIFICACIÓN DE NO OBJECIÓN DE USO DE SUELO oficio No.4-542-17, a favor del Grupo DEPROC, Desarrollo de Proyectos del Cibao, S.A.S, representada por el señor Freddy Leonardo Fernández Ramírez, presidente de dicho grupo empresarial.
La OMPU, otorgó dicha certificación de uso de suelo a la citada empresa donde se proponen construir un edificio de uso mixto para hotel, restaurant, bar, casino, salones de reuniones y área social, más estacionamientos soterrados, localizado en la calle Del Sol, La Zurza II, en esta ciudad; el cual es el paso inicial en los procesos de tramitación de proyectos, faltando la aprobación de los planos arquitectónicos y la presentación del proyecto definitivo.
Posteriormente, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, organismo que regula y fiscaliza movimientos de tierra, operación que se llevaba a cabo al momento del deslizamiento, otorgó la no objeción para la ejecución del proyecto Hotel AC código 16828, por medio del oficio no. 0869-DEA-0864-19.
El Ayuntamiento de Santiago, cumplió cabalmente en el otorgamiento de la CERTIFICACIÓN DE NO OBJECIÓN Y USO DE SUELO, como está contemplado en la Ley, sin embargo, la empresa Grupo DEPROC, Desarrollo de Proyectos del Cibao, S.A.S debió completar el proceso dentro de esta entidad y las demás instituciones competentes, hasta finalmente obtener la licencia de construcción del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC) para la ejecución del mismo.