La Junta Central Electoral (JCE) emitió dos reglamentos, uno con las disposiciones que deberán seguir los partidos políticos para presentar fusiones, alianzas o coaliciones, según lo establecido en las leyes de Partidos Políticos y Régimen Electoral, y el otro para establecer los lineamientos para la escogencia de candidaturas.
El reglamento para las fusiones y alianzas indica que tiene aplicación para la regulación de las reservas de candidaturas a propósito de las precandidaturas que serán escogidas mediante primarias, convenciones de dirigentes, de militantes, de delegados y mediante encuestas de partidos políticos. Señala también que se aplicará para cada elección ordinaria general pautada para el 2020, municipales en febrero, y presidenciales y congresionales en mayo del mismo año.
Reseña que las organizaciones políticas, una vez constituidos, pueden fusionarse, aliarse o coaligarse, mediante el procedimiento establecido por el mismo reglamento.
El reglamento aclara que los partidos, así como las candidaturas independientes aprobadas por la JCE no podrán “establecer alianzas o coalición con los partidos políticos, y en caso de que lo hagan con otra agrupación similar, se considerarán fusionadas en una sola para todos los fines de la Ley Electoral”.
POR SANDRA GUZMAN