Por OSCAR MEDINA
En el año 2011 el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones llamó a una licitación pública internacional con el fin de asignar varios bloques de ancho de banda para prestar servicios de telefonía e internet. Como resultado, fueron adjudicados 60 MHz del espectro radioeléctrico a las empresas Claro y Altice -en ese momento Orange-, y fueron declarados como desiertos otros 30 MHz que quedaron para ser asignados en una licitación posterior.
A finales del año 2017, INDOTEL convocó a una nueva licitación para adjudicar esos bloques que habían quedado pendientes seis años atrás. Sólo que en esta ocasión, y a pesar de que se trataba de la continuación de un proceso, el Pliego de Condiciones de esta licitación vino con marcadas diferencias con relación al del 2011.
En esta licitación se prohibió la participación de empresas extranjeras así como a aquellas con asignaciones de espectro que superaran los 60 MHz, además de que el del valor referencial de las frecuencias fue relativamente inferior al establecido por el mercado tras la licitación del 2011.
Esas variantes limitaron la cantidad de oferentes y restaron posibilidad de más y mejores inversiones para el sector, como lo establece en un voto observado Nelson José Guillén Bello, miembro del Consejo de INDOTEL designado para velar por los derechos de los usuarios.
Otros actores del sector de las telecomunicaciones fueron más lejos y denunciaron que las condiciones de esa licitación se prepararon con la intención de ajustar el proceso a la medida de la empresa VIVA. Y sintiéndose agraviados acudieron a instancias nacionales e internacionales solicitando la rectificación de lo que consideraban una irregularidad. Llegaron incluso a poderosos despachos en Palacio Nacional donde amenazaron con denunciar la falta de seguridad jurídica existente en la República Dominicana.
En este contexto se produce un cambio en la dirección del INDOTEL, y Luis Henry Molina pasa a ocupar la presidencia del órgano rector. Sin embargo, y atendiendo al principio de la continuidad de los actos del Estado, no se produjeron modificaciones en los términos de una licitación que ya estaba bastante avanzada en su cronograma.