“En mis años de vida siempre hemos buscado guiar nuestros pasos dentro de la rectitud, la moral y la responsabilidad, así sentimos que lo hemos hecho dentro todos los ámbitos de nuestra vida, tanto privada, profesional y política. Desde nuestra infancia hemos buscado la manera de servir, y servir bien, pues encontramos en ello un gran regocijo.
El pasado 11 de junio de 2018, se nos emitió una sentencia que nos condenaba por una supuesta emisión de un cheque sin la debida provisión de fondos, decisión que nos mueve a presentar esta declaración con miras a lograr un mayor entendimiento sobre la situación que ahora atravesamos.
El 7 de julio de 2016, emitimos en nuestra calidad de Alcalde de la ciudad de Santiago de los Caballeros un cheque contra la cuenta del cabildo del Banco de Reservas de la República Dominicana por un valor de RD$354, 286.86, cuyo objeto era honrar los pagos de los trabajos de remozamiento de la avenida Antonio Guzmán. Obra cuyo embellecimiento aún sigue palpable a la fecha y ha quedado en el solo provecho de los munícipes.
Fue para nosotros una gran sorpresa enterarnos que pesaba en nuestra contra una acción penal iniciada por el señor Michell Arbaje Pimentel, cuya sustancia era la emisión supuestamente sin fondos del referido cheque. Nuestro mayor asombro se centraba en que si bien el cheque había sido expedido durante nuestra gestión este había sido presentado al cobro al momento de la conclusión del proceso de transición de mando en la Alcaldía, dando paso, entonces, a una nueva gestión y administración que no se vinculaba a nosotros.
El pago del cheque, como se evidencia entonces, fruto del cese en nuestras funciones como alcalde se escapaba a nuestro control o disposición, pues al terminar nuestra calidad como tal en el gobierno municipal no teníamos la capacidad de poder accionar en favor del cumplimiento de la obligación de pago generada. Si el requerimiento de pago hubiera sido efectuado aún teníamos legalmente el control sobre los fondos del cabildo aseguramos que hubiéramos desplegado todas las acciones necesarias para el saldo de su importe, pero ese no era y no es el caso”.
Queremos enfatizar que el cheque por el cual se nos condena no fue emitido a nombre personal, ni para el pago de algún servicio a nuestra persona, sino, para satisfacer la ejecución de obras públicas cuyos únicos beneficiarios son los habitantes de la gran ciudad de Santiago. Es por esta razón que, desde un inicio, no encontramos razones para hacernos responsable por el incumplimiento institucional que afecta al beneficiario del susodicho cheque, realmente no tenemos el dinero para hacerlo ni tenemos porque hacerlo, ya que no es un problema o situación personal sino institucional.
La sentencia nos será notificada el próximo día 2 de julio del 2018, fecha en la cual se nos hará entrega de una copia íntegra de la decisión, momento que abrirá la puerta para que el fallo sea apelado ante la Corte Penal que corresponda por parte de nuestros abogados. Jurídicamente se nos ha explicado que la decisión emitida acarrea importantes vicios que provocarían una importante evaluación de parte de un Tribunal superior. Y aunque nos mostramos en total desacuerdo con el fallo de que se trata, manifestamos nuestro profundo respecto por la juez que lo ha emitido.
No nos queda más que agradecer profundamente a todas las personas que se han solidarizados con nosotros y nos han manifestado su gran apoyo creyendo en nuestra integridad y responsabilidad”.
Dr. Gilberto Serulle