Senadores aprueban extender a dos años aplicación Código Penal a empresas

SANTO DOMINGO….. El Senado aprobó de urgencia, en dos sesiones consecutivas, el proyecto de ley que amplía a 24 meses (dos años) el plazo para la entrada en vigencia del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, establecido en los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal.

La pieza, que pasa ahora a la Cámara de Diputados para su consideración, propone que los cuatro artículos citados entren en vigor 24 meses después del 5 de noviembre de 2026, o sea, el 5 de noviembre de 2028.

La iniciativa, sometida por el senador Rafael Barón Duluc –Cholitín- (PRM-La Altagracia), tiene como objetivo el facilitar la implementación ordenada del marco penal y la adecuada preparación de sus destinatarios y de las instituciones del sistema de justicia.

“Los artículos 8 y 11, modificados por la Ley núm. 44-26, y los artículos 9 y 10 de la Ley núm. 74-25, Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, por excepción a lo dispuesto en su artículo 393, entrarán en vigencia a los veinticuatro meses contados a partir del 5 de noviembre de 2026, que permita que las personas jurídicas se adecuen a lo dispuesto en el Código Penal”, indica la modificación presentada por Cholitín al artículo 31 de la Ley 44-26, del 27 de julio de 2026.

Se recuerda que hace dos meses que el Congreso Nacional modificó la Ley 74-25 (del Código Penal), a través de la Ley 44-26, la cual establece que los cuatro artículos relativos a la responsabilidad penal de las personas jurídicas entrarían en vigencia tres meses después del 5 de agosto de 2026.

El presidente de la comisión de Justicia del Senado, senador Rafael Barón Duluc, presentó un informe favorable al pleno senatorial sobre la pieza legislativa y solicitó que el mismo sea incluido en los trabajos de la orden del día de este miércoles

Según el proyecto de ley, en considerando segundo, la creación e implementación efectiva del Código Penal y la adopción de medidas para su eficacia exige un período razonable de planificación, formación, ejecución y verificación, particularmente para las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las asociaciones sin fines de lucro y otras organizaciones con capacidades técnicas y económicas limitadas.

La pieza precisa, además, que durante esos dos años el Estado debe promover la capacitación de los operadores del sistema de justicia y facilitar orientación clara a las personas jurídicas, respetando la autonomía y las competencias de cada institución.