El presidente Danilo Medina promulgó la ley que modifica los artículos 129 y 131 de la normativa para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en República Dominicana.
Con las modificaciones, la Ley 189-11 establece que una vivienda de bajo costo es aquella con un precio de venta igual o inferior a RD$3.5 millones. Antes era de 2.6 millones
En su considerando número dos, el mandatario indica que es responsabilidad del Estado promover el acceso a una vivienda inmobiliaria titulada y el cuarto señala que “con el propósito de que este régimen especial sea más inclusivo y abarque un segmento mayor de la población, es necesario el aumento del valor de referencia de las viviendas de bajo costo”.
“Los proyectos de viviendas de bajo costo podrán beneficiarse del desarrollo y aplicación de los instrumentos legales, financieros y fiscales previstos en la presente ley, a fin de incrementar los recursos disponibles para su financiamiento e infraestructura, así como para poder reducir los costos de la viviendas”, agrega.
En una nota, la Presidencia indica que de esta manera “se cumple un anhelo de los desarrolladores inmobiliarios, quienes han establecido junto al gobierno una alianza público-privada que ha democratizado el acceso de las familias trabajadoras de ingresos medios y bajos a techos dignos en entornos seguros”.