El presidente Danilo Medina envió al Congreso Nacional el proyecto de ley de los Cuerpos de Bomberos que regula la organización, estructura, competencias, entre otros, de los cuerpos de bomberos existentes o que puedan crearse en los ayuntamientos del país.
Según un comunicado emitido por la Presidencia de la República, la normativa legal, que consta de 98 artículos, describe lo relativo al proceso de ingreso a este organismo de socorro, el escalafón, así como el régimen ético y disciplinario, y los protocolos de actuación en caso de emergencias.
Asimismo, quedan establecidos los distintos tipos de bomberos, cuerpos de bomberos, aeronáuticos, forestales, navales y voluntarios y las leyes que los rigen.
En el proyecto de ley también estipula que los cuerpos y los otros tipos de bomberos forman parte integral del Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Seguridad 9-1-1 o de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE).
Entre sus funciones están emitir autorizaciones para instalar las estaciones de combustibles y fábricas de pirotécnicos, e inspeccionarlas regularmente, así como autorizar los vehículos para el transporte y distribución de esos productos.
Les corresponde, además, la inspección y monitoreo de los sistemas contra incendio y salidas de evacuación ante emergencias en edificaciones y locales privados de uso público.
Otras atribuciones son la inspección, autorización de espectáculos y consultas, los cuales serán remunerados conforme a la legislación, siempre vía el gobierno local al que pertenecen.