Santo Domingo, D. N.- Mediante el departamento de ITS, VIH y Hepatitis, el Ministerio de Salud Pública condenó este viernes la divulgación de información sensible y confidencial a propósito de las publicaciones realizadas en los medios de comunicación, relacionados a un caso de violación, y hace un llamado para salvaguardar la integridad y los derechos de las víctimas.
Confidencialidad del diagnóstico según la ley 135-11 sobre VIH
La Ley 135-11 sobre Sida establece en varios de sus artículos la garantía de la confidencialidad del diagnóstico de quienes resulten positivos al VIH. El artículo 34 establece el derecho a la confidencialidad de los resultados de las pruebas de VIH; el 35 prohíbe la divulgación del estado serológico de una persona sin su consentimiento expreso; y el 36 estipula sanciones para quienes violen la confidencialidad de la información médica relacionada con el VIH.
Es una infracción de esta ley manejar públicamente estos diagnósticos. La divulgación no autorizada de información médica sensible vulnera los derechos humanos y la dignidad de las personas afectadas, especialmente de las víctimas.
El Ministerio de Salud hace un llamado a todos los medios de comunicación para que cumplan con su responsabilidad ética y legal de proteger la privacidad de las víctimas. La exposición pública de diagnósticos de VIH sin el consentimiento de las personas involucradas puede causar daño irreparable a las víctimas y sus familias.
Programa de apoyo a personas VIH positivas
El Ministerio de Salud, a través del Programa de Infecciones de Transmisión Sexual y VIH, ofrece apoyo continuo a las personas VIH positivas. Este programa proporciona acceso a tratamiento antirretroviral, apoyo psicológico, y servicios de salud integrales para mejorar la calidad de vida de los pacientes y reducir la transmisión del virus.