El juez Daniel Nolasco decidió que Leonardo Faña, acusado de agredir sexualmente a una compañera de trabajo, no tendrá que ir a juicio de fondo.
Tras conocer la audiencia preliminar, el magistrado de la instrucción especial dictó auto de no ha lugar a favor del exdirector del Instituto Agrario Dominicano (IAD).
En la resolución, el juez precisó que que las evidencias del Ministerio Público resultan insuficientes para justificar la probabilidad de una condena en un jucio de fondo.
«Los elementos probatorios de la acusacion formulada quedan todatos de precarización e inconsistencia», explicó.
Además, el magistrado dispuso el levantamiento de las medias de coerción consistente en garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica.
Con esto, Faña se libró de ser juzgado por las imputaciones que le hizo el Ministerio Público.
De acuerdo al Código Procesal Penal, el juez dicta auto de no ha lugar por varias razones, por ejemplo, cuando el hecho no se realizó, no fue cometido por el imputado o la acción penal se ha extinguido.