Diputados aprueban ley libera de impuestos el cobro de pensiones

La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas un proyecto de ley que modificaría el artículo 8 de la ley 25-69 a fin de liberar de impuestos el cobro de las pensiones dejadas por personas fallecidas a sus herederos o sucesores.

La pieza legislativa deberá ser promulgada u observada por el Poder Ejecutivo.

Fue aprobada sin modificaciones, como fue sancionada en el Senado el pasado 4 de mayo del año en curso.

 

Previo a la aprobación de esa iniciativa, el Pleno de la cámara baja decidió desestimar los informes presentados por las comisiones permanentes de Hacienda y Justicia.

La misma establece en su artículo 8 que están exentos del pago del impuesto sucesoral, además de los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus herederos, las transmisiones cuyo aporte sea inferior a 500 pesos y cuando se trate de parientes en línea directa cuyo importe liquido sea inferior a mil pesos.

Además, establece el bien de familia instituido por la ley No. 1024-28, del 24 de octubre de 1928, modificado por la ley No. 5610, del 25 de agosto de 1961.

Igualmente, quedarán exentos del pago del impuesto sucesora los seguros de vida del causante, los legados hechos a los establecimientos públicos y las instituciones de caridad, beneficencia o de utilidad pública reconocida por el Estado.

Entre sus considerandos establece que el pago del impuesto de sucesión obligatorio resulta muy elevado para los beneficiaros o dependientes de los afiliados de personas fallecidas.