A través de un comunicado, la Junta Central Electoral (JCE) aclaró los términos y condiciones para la difusión de encuestas a boca de urna durante la celebración de las elecciones generales en la República Dominicana de este domingo 19 de mayo.
En dicho comunicado, el ente rector electoral precisa que dichos sondeos podrán ser realizados por las encuestadoras acreditadas, solo para el consumo de partidos políticos o candidatos y con el aval de la JCE. Asimismo, se mantiene expresamente la prohibición de divulgación de encuestas a boca de urna o exit poll en ningún medio de prensa, comunicación o redes sociales.
La Junta Central Electoral, con base en lo establecido en la Ley No. 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, en su artículo 216, párrafos II y III, referente a que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuentras o sondeos de boca de urna, siempre que las mismas se depositen en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán divulgarse.
De igual forma, expresa que las encuestas o sondeos de boca de urna deberán realizarse de manera tal que no violen ni vulneren el derecho y el deber, relativo al secreto del voto establecido en esta ley.
Con base en el principio de legalidad y a la facultad que otorga al Pleno el artículo 20, numeral 13 de la referida ley, que establece lo siguiente: “Podrá modificar, por medio de disposiciones de carácter general, pero únicamente para una elección determinada, los plazos que establece esta ley para el cumplimiento de obligaciones o formalidades, o para el ejercicio de derechos.
Prohibición de divulgación
Ya sea en el sentido de aumentar o en el de disminuir los plazos, cuando, a su juicio, fuere necesario o conveniente para asegurar más eficientemente el ejercicio del derecho al sufragio”, comunica a los Partidos Políticos, así como a las firmas encuestadoras y a la sociedad en general, lo siguiente:
Este domingo 19 de mayo de 2024, no está permitida durante el desarrollo de la jornada electoral y hasta la emisión del boletín definitivo de los resultados electorales, la divulgación, publicación o difusión de encuestas a boca de urna o “exit poll”, en ningún medio de prensa, comunicación o redes sociales. Las mismas son para el consumo interno de los Partidos Políticos y Candidatos (as).