El presidente Luis Abinader modificó mediante el decreto 312-22 el Reglamento de Relaciones Laborales en la Administración Pública que data del 21 de julio de 2009, para ampliar las licencias y los permisos de los empleados públicos por motivo del nacimiento de sus hijos.
Los permisos y licencias en el sector público son regidos por el decreto 253-09. El Ejecutivo modificó el numeral 1 del artículo 78 de ese decreto para que en lo adelante se les otorgue a los padres servidores públicos 15 días hábiles de licencia por paternidad con disfrute a sueldo dentro de los primeros tres meses del nacimiento de sus hijos. El empleado podrá hacer uso de este permiso de manera consecutiva o parcial.
Atención pediátrica. En aras de garantizar en su justa medida los derechos que conllevan tanto la maternidad como la paternidad, el decreto 312-22 de fecha 14 de junio, establece que tanto a los padres y como a las madres que laboran en el sector público se le conceda un día cada mes, durante los primeros 12 meses de vida de sus hijos para llevarlos al pediatra.
Asimismo, a partir de los tres meses de nacido y hasta los cinco años sus hijos, ambos progenitores (padres y madres) dispondrán de hasta tres permisos al año, cada uno de hasta tres días, para atender situaciones especiales de sus vástagos.
Teletrabajo. La decisión del Ejecutivo añade, que, para estos casos en particular, se podrán buscar acuerdos de teletrabajo u otras modalidades de trabajo con los servidores públicos para garantizar la continuidad y fluidez de las actividades de la institución.