La Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto de Ley sobre la protección de la imagen, honor e intimidad familiar vinculados a personas fallecidas y accidentadas, que busca “la protección” de los familiares de aquellas personas accidentadas cuyas imágenes podrían ser reproducidas a través de los medios de comunicación.
El proyecto, aprobado ya en el Senado y que ahora deberá ser promulgado por el Poder Ejecutivo, plantea la necesidad de “regular la protección a las familias víctimas de violación de su intimidad y honor” en los hechos en los cuales “los medios de comunicación vulneran derechos fundamentales de los parientes de las personas fallecidas”.
La iniciativa fue aprobada a unanimidad con 141 votos a favor. No hubo abstenciones.
“Las personas accidentadas podrán reclamar la protección de sus derechos a la intimidad y la propia imagen, cuando sin su autorización, estas han sido divulgadas por cualquier medio de comunicación”, establece la normativa, de la autoría de la diputada del Partido de la Liberación Dominicana, Miriam Cabral.
Por ende, las personas que se consideren agraviadas porque su imagen haya sido divulgada sin autorización podrán demandar ante un tribunal civil de primera instancia y, en caso de que la persona sea incapaz de llevar este proceso a cabo, podrá ejercer ese derecho un familiar o el Ministerio Público.
Se considerarán como “intromisiones ilegítimas” la divulgación de hechos de la vida privada de una persona fallecida o la publicación en medios no autorizados de escritos personales “que afecten su reputación”.
También la reproducción de un filme, fotografía de una persona fallecida desnuda o en ropa interior en medios de comunicación, redes sociales, “o cualquier otro mecanismo de divulgación”.
“No se consideran intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la autoridad competente de acuerdo con la ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante”, establece la ley.