Procurador aplaude promulgación ley que regula fuerza pública

El procurador general de la República, Jean Rodríguez, aplaudió la promulgación de la ley que regula el otorgamiento de la fuerza pública, destacando que pondrá fin a la deplorable práctica de algunos grupos de abogados, notarios y policías de que ejecuten embargos irregulares, sin el otorgamiento de la fuerza pública por parte del Ministerio Público.

“La Ley No. 396-19 sobre el Otorgamiento de la Fuerza Pública es una respuesta a la demanda de la sociedad que permitirá garantizar que estos desafortunados sucesos no vuelvan a repetirse; pues tal como lo establece el contenido de la norma, se prestará el servicio de manera igualitaria, eficiente, y en un menor tiempo de respuesta. Se trata de una normativa de gran trascendencia para el país, que vendrá a contribuir con la buena administración de justicia, porque garantiza el respeto del debido proceso y evitará que se ejecuten embargos irregulares contra todos los bienes de los alegados deudores”, manifestó.

El procurador general de la República felicitó al Congreso Nacional, que integran la Cámara de Diputados y el Senado de la República, por la aprobación de esa norma que fue recientemente promulgada por el presidente de la República, Danilo Medina.

Al valorar la promulgación de esa normativa para el avance de la justicia, el procurador general de la República afirmó que la aprobación de esa ley era de prioridad ya que dota el proceso de mayores requisitos a los antes previstos, evitando consigo que se vean afectados derechos e intereses de las partes envueltas en el diferendo, por vicios e irregularidades de los ministeriales actuantes, en otros aspectos de mejora.

En ese sentido, el procurador general instruyó a los fiscales usar la ley en todas las ejecuciones, salvo los casos de venta condicional de muebles, que dijo se encuentran regulados por su ley especial. “Su uso es obligatorio para todas las ejecuciones”, subrayó en relación a la implementación de la nueva ley.

Agregó en la instrucción que “El Ministerio Público, como depositario y órgano responsable de la fuerza pública deberá poner en ejecución, sin excepción y de forma inmediata, las disposiciones de esta norma, tomando en consideración la incipiente necesidad que tiene nuestro país de contar con un procedimiento que asegure la legalidad y la razonabilidad de las actuaciones de los ministeriales y agentes actuantes en los procesos de ejecución, a los fines de garantizar los derechos fundamentales de todas las partes involucradas”.