Dida ratifica es ilegal cobro de anticipo por internamiento o emergencia

La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (Dida) informó este viernes que cobrar depósito o anticipo por internamiento o emergencia en centros médicos de salud públicos y privados es una práctica ilegal, según lo establece la resolución número 175-09 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril).

«No deben realizar cobros indebidos a los afiliados a la seguridad social y garantizarles las atenciones médicas contempladas en las normas legales y las resoluciones emitidas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril)», advierte la entidad.

Tras analizar la situación, la Dida manifestó que han recibido 128 casos por cobros indebidos, depósito o pagos por encima de lo establecido, de los cuales 113 reclamos han sido resueltos a favor de los afiliados a la seguridad social.

La institución reiteró a los afiliados que de ser afectados por los cobros indebidos tienen derecho a la devolución del importe pagado con solo presentar factura o el recibo de pago, en primer lugar a su ARS y, que en caso de no ser resarcidos satisfactoriamente, presentar su reclamo en la Dida.