Camara de diputados aprueba modificación al Código Procesal Penal para que robos sean perseguidos sin querella

Santo Domingo. La Cámara de Diputados aprobó en primera lectura el proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal de la República Dominicana (Ley 76-02). Es para que el robo sin violencia y sin armas lo persiga de oficio el Ministerio Público sin que la víctima denuncie.

La pieza, que aprobó en segunda lectura el Senado en la pasada legislatura, es una propuesta del presidente del Senado, Eduardo Estrella; y del senador de Samaná, Pedro Catrain.

El proyecto, si recibe sanción en segunda lectura sin modificaciones, será ley.

Dicha iniciativa reforma el artículo 31 del Código Procesal Penal, para suprimir el ilícito de robo sin violencia y sin armas como hecho punible que dependa de denuncia. Así será perseguible de oficio por el Ministerio Público.

La modificación hará posible que los fiscales puedan perseguir y procesar a quienes cometan hurtos menores o actos de raterismo. Esto sin necesidad de que la víctima remita una querella. Esto facilitará la persecución contra las personas que reinciden en ese tipo de ilícitos.

Una de las razones, según el proyecto, es que la exigencia de denuncia y la instancia privada en muchos casos de robo es «un obstáculo» para obtener el castigo.

Según el considerando cuarto la persecución eficaz y la sanción correspondiente a los autores de robos en los espacios públicos, negocios y hogares son de alto interés público. Por ello resulta útil encuadrar tal hipótesis delictiva en el régimen de persecución de oficio por parte de los fiscales y sus órganos auxiliares.