A prisión dos de las cinco imputadas por muerte de niño

POR EDWARD FERNANDEZ

El juez Dalvin López, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la provincia Duarte, dictó dos meses de prisión preventiva como medida de coerción en contra de dos de las cinco empleadas del Centro de Atención Integral a la Primera Infancia (Caipi) Pueblo Nuevo, en San Francisco de Macorís, por la muerte de un niño de un año y 10 meses de nacido que estaba bajo su cuidado.

El magistrado López envió a la cárcel a Rosmery Cross Olivo y Katerin Castaño Bautista, señaladas como responsables de la muerte de Maikel Esmil Castro Álvarez.

Mientras que fueron favorecidas con la libertad pura y simple Carmerys Liriano de Candelier, encargada administrativa; Elena Hernández Muñoz, técnico territorial; y Yanina Rojas Moronta, coordinadora de agente educativo.

Francisco Rodríguez, abogado de las hoy privadas de libertad, entiende que el juez se dejó sugestionar por la presión mediática que ha generado el caso para emitir su decisión.

A su juicio, con la acusación presentada por el órgano no conllevaba aplicar medida de coerción consistente en privación de libertad.

“Nosotros entendemos que, por la tipificación jurídica de los hechos, el arraigo presentado y por lo que dice el Ministerio Público que ellas cometieron no se debió aplicar prisión preventiva”, consideró el jurista.

La familia del menor de edad se abstuvo de ofrecer declaraciones a los representantes de los medios de comunicación que cubrían la audiencia.

El infante, de aproximadamente dos años de edad, murió en el Caipi Pueblo Nuevo el pasado 2 de septiembre, mientras se encontraba jugando con un carro dentro de un cubo con agua.

El informe del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) establece que el niño falleció a consecuencia de asfixia mecánica por ahogamiento, además de contusión epicraneal en región occipital.

Las imputadas fueron arrestadas luego que, durante el proceso de investigación, se estableciera su vinculación con la muerte del niño bajo su cuidado.

Según la acusación, el hecho se produjo por la torpeza, imprudencia, negligencia, e inobservancia de los reglamentos del personal responsable de los niños.

Las implicadas en el caso enfrentan cargos de homicidio involuntario, abandono y maltrato a menores de edad, tipificado y sancionado en los artículos 319 y 351, párrafo 2, del Código Penal.